google2ee2164d787e1cbc.html Santa Cruz - Bolivia: Venezuela: Chávez copia el modelo de espionaje cubano

sábado, 7 de junio de 2008

Venezuela: Chávez copia el modelo de espionaje cubano

La nueva ley de Hugo Chávez que regula los servicios de inteligencia en Venezuela ha desatado una fuerte polémica en el país. La "ley patriótica" sanciona a los venezolanos que se nieguen a cooperar como informantes de las agencias de inteligencia. Los grupos de defensa de los derechos humanos la consideran un instrumento para aplastar a la oposición.
Con la nueva ley, los servicios de inteligencia de Venezuela no necesitarán autorización de un juez para intervenir un teléfono y pueden retener información que soliciten abogados defensores, si consideran que es necesario para la seguridad nacional.
Foro Evangélico rechaza aplicación de Ley de Inteligencia y Contrainteligencia
Lorenzo Tovar, vocero del Foro Evangélico de Venezuela (FEV), rechazó la aplicación de la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia.
Iglesia rechaza ley que obliga a venezolanos a ser informantes
La ley de seguridad de Chávez viola el secreto de confesión

AVISO DE ATAQUES DE HACKERS

Pedimos disculpas por la demora de presentación de la información del día.
Todo se debe al ataque de hackers en forma permanentemente.
Lamentamos los inconvenientes.

EL DUENDE



DEFENDAMOS EL FUTURO QUE NOS HAN PRESTADO NUESTROS HIJOS Y EL FUTURO

DEFENDAMOS EL FUTURO QUE NOS HAN PRESTADO NUESTROS HIJOS Y EL FUTURO

Fases Lunares del mes

LEYES QUE AMPARAN AL DERECHO DE LOS PUEBLOS Y A LA PRENSA

Declaración Universal de los Derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948 en París.
http://www.unhchr.ch/udhr/lang/spn.htm

Artículo 19:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.


Constitución Política del Estado.
República de Bolivia

Articulo. 7º
Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio:

B) A emitir libremente sus ideas y opiniones por cual
quier medio de difusión;



 
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