google2ee2164d787e1cbc.html Santa Cruz - Bolivia: Anulan en la Corte Electoral cruceña la facultad de depurar para el Revocatorio

jueves, 26 de junio de 2008

Anulan en la Corte Electoral cruceña la facultad de depurar para el Revocatorio

EL FRAUDE ESTA COSUMADO Y AL MEJOR
ESTILO VENEZOLANO
HOY YA NO QUEDA DUDAS
CUIDADO BOLIVIA
Ante la información que se recibió en la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz, el de no realizar la actualización del padrón electoral de acuerdo al calendario programado por la CNE, representantes cruceños anticiparon que para hoy se emitirá un comunicado hacia la Corte Nacional en rechazo a lo anunciado. De acuerdo al vocal de informática, José Ernesto Zambrana, el martes un personero de la CNE llegó hasta las independencias de la corte cruceña en el que les comunicó que la actividad programada sería levantada para que sólo lo realicen desde la Corte Nacional, esto en cuanto a la actualización del padrón electoral. La molestia del vocal era evidente, resaltando que esta actividad siempre se la realizaba en todas las cortes, las que realizaban las inscripciones, transcripciones, así como las revisiones del padrón departamental, por lo que les llamó la atención de que todo lo realizarían desde La Paz, transformándolos en simples transcriptores. "No es correcto", insistió Zambrana resaltando que de igual manera trabajarán en base al calendario electoral, y que ellos harán la depuración departamental con unos programas antiguos, de hace dos elecciones.

AVISO DE ATAQUES DE HACKERS

Pedimos disculpas por la demora de presentación de la información del día.
Todo se debe al ataque de hackers en forma permanentemente.
Lamentamos los inconvenientes.

EL DUENDE



DEFENDAMOS EL FUTURO QUE NOS HAN PRESTADO NUESTROS HIJOS Y EL FUTURO

DEFENDAMOS EL FUTURO QUE NOS HAN PRESTADO NUESTROS HIJOS Y EL FUTURO

Fases Lunares del mes

LEYES QUE AMPARAN AL DERECHO DE LOS PUEBLOS Y A LA PRENSA

Declaración Universal de los Derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948 en París.
http://www.unhchr.ch/udhr/lang/spn.htm

Artículo 19:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.


Constitución Política del Estado.
República de Bolivia

Articulo. 7º
Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio:

B) A emitir libremente sus ideas y opiniones por cual
quier medio de difusión;



 
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