google2ee2164d787e1cbc.html Santa Cruz - Bolivia: ¿Quién redacta la Constitución del MAS? - Dante N. Pino Archondo

miércoles, 12 de diciembre de 2007

¿Quién redacta la Constitución del MAS? - Dante N. Pino Archondo

Con sobreabundancia se ha demostrado la ilegalidad de los actos cometidos por la Directiva de la Asamblea Constituyente y avalados por los constituyentes que levantaron 401 veces las manos bajo la dirección de la señora Lazarte.
¿Quién pudo tener acceso a la constitución masista “aprobada en grande” en medio de muertos, fusiles y cercos sindicales? Nadie. Nunca se publicó, nunca se supo oficialmente por boca de la Directiva de esa Asamblea el texto aprobado. Pero la maquinaria de propaganda masista dio por aprobado y conocido ese texto. Se dio por cierta su existencia.
Luego el 9 de diciembre entre cercos sindicales, convocatorias apresuradas y presiones políticas se dio curso a la “aprobación en detalle”, ya no es necesario referirnos a los actos ilegales cometidos que han sido suficientemente detallados por los profesionales en la materia.
Sólo los constituyentes que asistieron esa noche al Salón del Oscurantismo, tienen el texto que se les entregó. El pueblo nunca supo su contenido.

AVISO DE ATAQUES DE HACKERS

Pedimos disculpas por la demora de presentación de la información del día.
Todo se debe al ataque de hackers en forma permanentemente.
Lamentamos los inconvenientes.

EL DUENDE



DEFENDAMOS EL FUTURO QUE NOS HAN PRESTADO NUESTROS HIJOS Y EL FUTURO

DEFENDAMOS EL FUTURO QUE NOS HAN PRESTADO NUESTROS HIJOS Y EL FUTURO

Fases Lunares del mes

LEYES QUE AMPARAN AL DERECHO DE LOS PUEBLOS Y A LA PRENSA

Declaración Universal de los Derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948 en París.
http://www.unhchr.ch/udhr/lang/spn.htm

Artículo 19:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.


Constitución Política del Estado.
República de Bolivia

Articulo. 7º
Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio:

B) A emitir libremente sus ideas y opiniones por cual
quier medio de difusión;



 
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