google2ee2164d787e1cbc.html Santa Cruz - Bolivia: Suspenden sentencia revocatoria - Centa Reck

miércoles, 23 de julio de 2008

Suspenden sentencia revocatoria - Centa Reck

Suspenden sentencia revocatoria
Centa Reck
Los principios rectores y la posibilidad de una restitución de la legalidad respiran otra vez en Bolivia. La única magistrada sobreviviente del descabezamiento que durante el actual gobierno ha sufrido el Tribunal Constitucional (T.C) ha emitido un probeido con el que se paraliza el Referendum Revocatorio para garantizar los derechos constitucionales de los ciudadanos que podrían ser dañados o violados en sus derechos con esta consulta.
Según la opinión del jurista y ex magistrado del (T.C), Wilman Durán, así como del constitucionalista Jorge Asbún, la ley del (T.C) contempla que ante la admisión de un recurso insidental de inconstitucionalidad, tal como el que ha sido interpuesto por el diputado Antonio Murillo, no se debe proseguir con el desarrollo del proceso revocatorio hasta que se pruebe por un fallo del mismo (T.C) que la realización del proceso de consulta no viola los derechos fundamentales.
Esto implicaría que el referendum Revocatorio, permanecerá suspendido hasta que se conformen las ternas del máximo órgano garante de la constitución y este tribunal se pronuncio afirmativa o negativamente respecto de la constitucionalidad del Revocatorio.
La magistrada Silvia Salame ha actuado en cumplimiento de la ley y en resguardo de los principios constitucionales, situación que nos alienta sobremanera y habla en favor de su probidad profesional, pese a que sabemos que su fallo le traerá muchas dificultades y que ya le ha valido agrias y duras críticas de parte del poder Ejecutivo.
Dos ministros: Hector Arce y Walker San Miguel, salieron precipitadamente a hacer declaraciones que no estaban enmarcadas en razones jurídicas sino en la intencionalidad del actual gobierno de llevar a cabo la consulta que había sido planteada para el próximo 10 de agosto.
Los ministros se pronunciaron de manera categórica en contra del dictamen de la magistrada, mostrando una actitud obsecuente, que no tiene interés de guardar una sujeción a la ley, sino de hacer su voluntad a rajatabla.
El gran paso que este recurso le permite dar a nuestro país, nos muestra que para quienes luchan siempre es posible derrocar barreras y pasar incluso sobre grandes obstáculos.
Creemos que este es el espíritu que nos debe animar en la actual circunstancia, puesto que debemos estar prestos para abrir y reabrir con el esfuerzo que sea necesario todos los caminos que se le pretenden negar a la vigencia de las leyes y los derechos.
Tanto quienes plantearon el recurso, independiente de la adscripción partidaria que tengan, como la magistrada que ha cumplido con su deber de salvaguardar los derechos constitucionales, nos merecen un profundo respeto, porque la ley siempre debe proteger derechos, no se puede negociar, ni traficarse en el parlamento, ni subastarse como si se tratara de un artículo comercial.
La ley debe respetarse, cuidarse, alentarse y vigilarse celosamente.
Esperamos no tener otras sorpresas desde el interior del congreso, pues es necesario que el país se pacifique, que nos demos una tregua para volver al orden constitucional sin otras violaciones, sin seguir dando pie a contubernios y pactos que exponen a la sociedad a graves daños.
Este momento nos ha convertido en testigos de un acto de buena fe, de un acto de valor, de responsabilidad, en resguardo de la legalidad y de la constitución, de aquí en más veremos quien es quien, pues es cierta la sentencia bíblica de "por sus actos los conoceréis", y seguro que de aquí en más los conoceremos.
¡Que suerte que esto parará las campañas!, para que todos vuelvan a trabajar, al cumplir con sus funciones y tareas, a meditar, a buscar soluciones y no a seguir en el juego del proselitismo electoralista.

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Todo se debe al ataque de hackers en forma permanentemente.
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Declaración Universal de los Derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948 en París.
http://www.unhchr.ch/udhr/lang/spn.htm

Artículo 19:
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Constitución Política del Estado.
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Articulo. 7º
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B) A emitir libremente sus ideas y opiniones por cual
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