google2ee2164d787e1cbc.html Santa Cruz - Bolivia: ¡EL DIALOGO DE LOS DERROTADOS...! - Cayetano Llobet T.

miércoles, 19 de marzo de 2008

¡EL DIALOGO DE LOS DERROTADOS...! - Cayetano Llobet T.

Primera conclusión:
si las regiones y específicamente Santa Cruz, aceptan la maniobra del diálogo, automáticamente entran al juego de los derrotados. Regalar la victoria no es un acto de generosidad... ¡es un acto de suicidio!Segunda conclusión: El único escenario en el que el gobierno ha revertido todas sus situaciones desfavorables ha sido el Congreso. Por ingenuidad, por inutilidad o por complicidad, Podemos siempre le ha dado una mano. Ya sea en la aprobación de los contratos petroleros y alianza militar con Venezuela (ingenuidad), en la encerrona que García Linera les hizo en la Vicepresidencia (inutilidad), o en la ampliación de la Constituyente y la eliminación de los dos tercios (complicidad). Podemos no es confiable, ¡menos con muchos de sus representantes que no serían nada en los poderes regionales! Tienen que apostar a que las cosas se sigan definiendo en La Paz y en un Congreso donde los derrotados, aunque sean mayoría, se disponen a aceptar todo... ¡por el momento! ¡Hay que tener mucho cuidado con los derrotados que piden diálogo!

AVISO DE ATAQUES DE HACKERS

Pedimos disculpas por la demora de presentación de la información del día.
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Lamentamos los inconvenientes.

EL DUENDE



DEFENDAMOS EL FUTURO QUE NOS HAN PRESTADO NUESTROS HIJOS Y EL FUTURO

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Fases Lunares del mes

LEYES QUE AMPARAN AL DERECHO DE LOS PUEBLOS Y A LA PRENSA

Declaración Universal de los Derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948 en París.
http://www.unhchr.ch/udhr/lang/spn.htm

Artículo 19:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.


Constitución Política del Estado.
República de Bolivia

Articulo. 7º
Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio:

B) A emitir libremente sus ideas y opiniones por cual
quier medio de difusión;



 
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